Inscripción de la empresa en la Seguridad Social

¿QUÉ ES?

El acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a la empresa un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social. La inscripción es única y válida para toda la vida de la persona física o jurídica titular de la empresa.

¿QUIÉN DEBE REALIZARLO?

Toda persona física o jurídica, pública o privada, aunque la actividad no tenga ánimo de lucro, a la que prestan sus servicios, con la consideración de trabajadoras por cuenta ajena o asimiladas, las personas comprendidas en cualquier régimen de los que integran el Sistema de la Seguridad Social, debe solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de sus Direcciones Provinciales o de las correspondientes Administraciones, su inscripción en la misma.

Además, está obligada a comunicar, dentro de los plazos establecidos, las altas, las bajas y las variaciones de datos de las personas trabajadoras que vayan a iniciar una actividad laboral a su servicio o que cesen en la misma.

También está obligada a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social las variaciones que se produzcan respecto de la persona física o jurídica contratante como el nombre o denominación, domicilio, actividad económica, etc.

LUGAR DE TRAMITACIÓN

En la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima al domicilio de la persona física o jurídica.

DOCUMENTACIÓN

La solicitud se realiza en el modelo TA.6, acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI o NIE de la persona física o de quien represente a la persona jurídica, que formula la solicitud.
  • Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal en el que conste la Actividad Económica de la Empresa
  • Escritura de Constitución debidamente registrada o certificado del Registro correspondiente.
  • Fotocopia del NIF de la persona jurídica.
  • Documento que acredite los poderes de quien firma la solicitud de la persona jurídica, si no están especificados en la escritura.

PLAZO

La solicitud debe realizarse antes del inicio de la contratación de trabajadores.

TASA/CUOTA

Es un trámite gratuito.

MÁS INFORMACIÓN

Crea tu empresa. Portal PYME. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Gobierno de España.

Forma y plazos de comunicar la inscripción. Seguridad Social. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Gobierno de España.

Plaza Vieja s/n 31500 Tudela - Navarra. Tel. +34 948 417100 industria@tudela.es
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